FESTIVAL INTERNACIONAL DE VIDEOCLIPS
INTERNATIONAL MUSIC VIDEO FESTIVAL

ARTISTA, NO TEMAS AL CREATIVE COMMONS

Creative Commons ha pasado de ser un tema del que algunos sabían algo y muchos otros nada o casi nada, para para convertirse en uno que casi todo el mundo asiduo a Internet conoce.

Desde que el profesor de derecho Lawrence Lessig la fundara en 2001, y tras su implantación en 2003 en España gracias a la Universidad de Barcelona, se ha ido convirtiendo en una plataforma muy recurrida a la hora de aplicar a la creatividad nuevas fronteras legales más flexibles de cara a la divulgación de la cultura. Sin embargo siguen surgiendo dudas acerca de las licencias Creative Commons; es por ello que revisaremos algunas de las más frecuentes que nos han llegado a plantear participantes del FIVECC '09:

Preguntas recurrentes:

¿Estas licencias entran en conflicto con los derechos de autor tradicionales?

No. Estas licencias ayudan a los creadores a ceder algunos derechos sobre las obras pero con ciertas condiciones y manteniendo siempre la autoría. Además los creadores pueden elegir a su gusto la licencia más adecuada para sus necesidades.

En el caso de nuestro festival se traduce en algo tan sencillo como lo siguiente: aplicando una licencia Creative Commons a vuestros videoclips, requisito indispensable para participar, os estáis asegurando que vuestro trabajo queda protegido, pero que como mínimo podrá ser mostrado en cualquier lugar o soporte sin vuestro permiso. Y es que si lo pensamos, el formato del videoclip surgió como una forma de publicitar la música a través de imágenes hasta llegar a consolidarse como un género audiovisual creativo de primer orden (!). Esto es excelente para que se conozca el trabajo de músicos y videocreadores.

¿Es incompatible la licencia no comercial con seguir ganando dinero por otras vías?

Por supuesto que no. La condición de 'uso no comercial' sólo se aplica a quien use o disfrute de tu trabajo, no para tí (que para eso eres el propietario del copyright ;-). Uno de los objetivos de este tipo de licencias es aumentar al máximo la distribución de sus obras manteniendo a la vez el control sobre los aspectos económicos. Pongamos de nuevo el ejemplo del FIVECC: si tu videoclip inscrito en el festival está bajo una licencia no comercial, nosotros podremos subirlos a nuestra web, proyectarlo en la gala final pero, por ejemplo, no podremos sacar a la venta un DVD con los 30 mejores vídeos del FIVECC 09 sin vuestro permiso. Así de fácil.

¿Puedo participar en el FIVECC si... tengo registrada la música en SGAE?

Lo que tenéis que registrar en CC no es la música, sino el videoclip, que es otro formato creativo. Y no debería generarse ningún cortocircuito entre ambas cuestiones. Así que sí, puedes participar.

Tras participar en el FIVECC quiero blindar mi obra; ¿se puede hacer? (en cuanto a tema de derechos)

Sí, puedes hacerlo. Que nosotros queramos difundir la idea de una cultura más libre -y sin perjudicar a los autores- no implica una obligación para con todos los participantes. Es una cuestion de criterios. En principio, puedes adquirir la licencia CC que elijas, y luego blindar la obra. La última licencia, al ser posterior y más restrictiva, debería prevalecer.

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    CAMMay Day

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